La Alianza por el Agua ha presentado ante la Dirección General de Recursos Hídricos del Gobierno de las Islas Baleares 18 alegaciones para Eivissa y Formentera en la consulta pública sobre la revisión de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (APRI) del 3er ciclo de la Demarcación Hidrográfica de las Islas Baleares (DHIB), abierta el 14 de marzo de 2026 hasta el próximo 14 de junio. Esta fase incluye una propuesta de actualización de las áreas de riesgo potencial significativo de inundación (ARPSI).
Ibiza es la isla de Baleares con mayor siniestralidad por inundaciones
La Alianza por el Agua estima que la capital de Ibiza y núcleos adyacentes necesitan más protección frente a las inundaciones como zona más siniestrada de Baleares. Por un lado ha solicitado ampliar la protección como ARPSI fluvial, la extensión del torrente de sa Llavanera para cubrir Can Siré y Jesús, que el documento ya propone parcialmente (03441-02, 1,11 km) pero de forma insuficiente. Por otra parte, ha solicitado crear una nueva protección como ARPSI pluvial para cubrir la inundación urbana recurrente del núcleo de Ibiza capital y Jesús. En este sentido, la única nueva ARPSI fluvial que propone el nuevo plan contra inundaciones para la isla es la protección de 1,13 km en el Torrent de ses Vinyes, que no cubre Ibiza capital, sino el municipio de Santa Eulàlia des Riu, en el núcleo de Jesús.
La Alianza por el Agua destaca que la demanda de mayor protección frente a las inundaciones por la ciudad de Eivissa y núcleos urbanos cercanos como Jesús o Can Siré se justifica por los propios datos del documento del nuevo plan, que indica que se registraron en esta zona 1.095 expedientes de indemnización por inundación del Consorcio de Compensación de Aseguramiento 2 cifra más alta de todas las Islas Baleares. Ahora bien, la protección existente es parcial e insuficiente: el ARPSI del Torrente de sa Llavanera (03441) cubre únicamente el tramo aguas abajo (2,11 km) y deja fuera de cobertura la zona de Can Siré y Jesús, precisamente donde la DANA Alice de octubre de 2025 causó daños importantes en un episodio que genera recopilación. El propio documento oficial en consulta reconoce esta insuficiencia y propone ampliar la cobertura aguas arriba con un nuevo subtramo (03441-02, 1,11 km), pero el total resultante (3,22 km) representa menos de una cuarta parte de los 12,98 km totales del torrente. Además, una parte significativa de los 1.095 expedientes CCS corresponde a inundación pluvial urbana, acumulación de agua de lluvia en zonas de baja cota, riesgo que ningún ARPSI cubre en Ibiza capital.
A escala de toda la isla, el desequilibrio es igualmente evidente: 1,13 km de nueva cobertura fluvial para Ibiza, frente a los 17,99 km que recibe Mallorca. La diferencia, dieciséis veces menos cobertura, merecería una justificación explícita en el documento en consulta. La comparación por tamaño de isla evidencia la desproporción: Mallorca es 6,3 veces mayor que Ibiza (3.640 km² vs 572 km²) y recibe 17,99 km de nuevas ARPSIs fluviales. Aplicando simplemente el mismo ratio de cobertura por km², Ibiza debería recibir al menos 2,86 km, pero recibe 1,13 km, el 60% menos de lo que correspondería por proporcionalidad de tamaño. Si la comparación se realiza por siniestralidad documentada, la diferencia es aún más evidente: Eivissa concentra 1.095 expedientes CCS en 572 km², una densidad de riesgo muy superior a la de cualquier municipio mallorquín que haya recibido nueva ARPSI. La Directiva obliga a basar la evaluación en el riesgo real, no en el tamaño de la isla.
La urgencia de las alegaciones se ha acentuado a raíz de los planes urbanísticos en su tramitación. El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany tramita un nuevo PGOU que mantiene 9 hectáreas urbanizables situadas entre dos torrentes, el Torrent de Buscastell y el Torrent des Regueró, que se desbocaron en 1947 y 1958 y prevé casi 2.000 nuevas viviendas en suelos que se declararán urbanizables. La DANA Alice de octubre de 2025 registró 155,5 l/m² en Sant Antoni y es el argumento más reciente que pone de manifiesto la urgencia de disponer de las ARPSIs correspondientes antes de que crezca la población expuesta al riesgo. En Sant Josep de Sa Atalaya, el PGOU actualmente en tramitación prevé un crecimiento de más del 50% de la población actual, que requieren un análisis de detalle de los riesgos de inundaciones. Cabe destacar que el arte. 15.1 del RD 903/2010 establece que "los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, en la ordenación que hagan de los usos del suelo, no podrán clasificar nuevos suelos en zonas de flujo preferente ni en las zonas inundables". Permitir el crecimiento urbanístico en zonas inundables sin ARPSIs aprobadas ni mapas de peligrosidad oficiales plantea interrogantes respecto a este mandato legal y puede dejar a los futuros propietarios y residentes en una situación de riesgo no identificado por las administraciones.
Además, la Alianza solicita: la evaluación de la página aluvial de Ses Feixes como ARPSI de tipo aluvial; la incorporación del entorno del aeropuerto de Eivissa en homogeneidad metodológica con la nueva ARPSI del aeropuerto de Palma (ARPSI MA11, 7,64 km); una ARPSI fluvial para el Torrent de Buscastell y el Torrent des Regueró (San Antonio de Portmany, 10,25 km); una ARPSI pluvial para el núcleo de San Antonio y para el núcleo de Jesús; una ARPSI pluvial para la zona de Playa d'en Bossa; y la ampliación del ARPSI fluvial de Santa Eulalia del Río para incluir el Torrent de ses Dones. En el ámbito de las inundaciones costeras, la Alianza por el Agua pide la actualización de las siete fichas ARPSI costeras de las Pitiusas con proyecciones de subida del nivel del mar en los horizontes 2050 y 2100, tal y como exige el art. 14 de la Directiva 2007/60/CE (ninguna de las siete fichas costeras de Ibiza y Formentera incorpora actualmente ninguna de estas proyecciones de cambio climático). También alega la necesidad del refuerzo de la red de monitorización pluviométrica en Eivissa; y la justificación explícita de la exclusión de la inundación por drenaje urbano en el núcleo de Eivissa capital, la zona con la siniestralidad CCS más alta de toda la demarcación.
Formentera: la única isla habitada de Baleares sin ningún ARPSI fluvial
Formentera concentra una acumulación de carencias única entre las islas habitadas de la demarcación. La isla no dispone de ningún ARPSI fluvial en ninguno de los tres ciclos de planificación europeos. La ficha de su única ARPSI costera (ES110_ARPSI_0031, la Savina) está completamente vacía de episodios de inundación documentados, aunque la zona ha sufrido temporales significativos en los últimos años. Así, la DANA Alice de octubre de 2025, no recogida en el documento en consulta, generó 103 incidencias en Ibiza y 25 en Formentera y puso en evidencia la vulnerabilidad del istmo de la Savina, la franja de tierra de menos de 200 metros de anchura que separa el puerto de la lago. Una rissaga o temporal de componente norte podría inundar simultáneamente las dos bandas del istmo, aislando la mitad norte de la isla.
Formentera es, además, la única isla habitada de Baleares sin ninguna estación de medida hidrológica automática propia. Los datos de referencia que utiliza el documento APRI en consulta para Formentera proceden de estaciones de Eivissa, a decenas de kilómetros de distancia. Sin datos locales, la planificación del riesgo no puede ser fiable. La Alianza por el Agua solicita la instalación de al menos una estación meteorológica y pluviométrica automática en la isla como condición previa a cualquier revisión significativa del APRI. Para Formentera, las cuatro alegaciones solicitan: evaluar el Torrent den Jai y el Torrente de Ca na Parra como nuevas ARPSIs fluviales; actualizar la ficha del ARPSI 0031 (La Savina) con los episodios documentados, especialmente la DANA Alice; evaluar la vulnerabilidad específica del istmo frente a temporales y risagas; e instalar una red de medida hidrológica propia.
Retraso en la tramitación del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación
El Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) es el instrumento jurídico central de la Directiva 2007/60/CE. Su objetivo, definido en el arte. 7.2 de la Directiva y en los arts. 11 y 17 del Real Decreto 903/2010, es "la reducción de las consecuencias adversas potenciales para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica" en las zonas de riesgo potencial significativo identificadas. En términos prácticos, es el Plan que obliga a las administraciones a actuar concretamente: canalizar torrentes, reforzar infraestructuras, planificar evacuaciones y limitar la construcción en zonas de riesgo. Sin una ARPSI aprobada, ninguna de estas actuaciones es legalmente exigible ni se puede obtener financiación.
La Directiva establece un ciclo de seis años en tres fases consecutivas y obligatorias: la primera identifica las zonas de riesgo (APRI, consulta ahora); la segunda elabora los mapas de peligrosidad y riesgo; y la tercera aprueba el Plan de Gestión (PGRI). Las tres fases están encadenadas: una zona excluida en la fase 1 no recibirá mapas en la fase 2 ni medidas de protección en la fase 3. Para Eivissa y Formentera, donde Sant Antoni y Formentera han quedado sin ningún ARPSI fluvial durante quince años, la consulta actual es la oportunidad de romper este círculo.
Este proceso se inscribe en un contexto de retraso de quince meses respecto al calendario establecido por la Directiva: el tercer ciclo debería haber sido completado el 22 de diciembre de 2024, pero la consulta pública no se ha abierto hasta el 14 de marzo de 2026, quince meses más tarde del plazo normativo. Con el período de consulta abierto hasta el 14 de junio de 2026, la aprobación definitiva del APRI no se producirá antes de finales de 2026, dejando menos de un año para redactar y aprobar el PGRI (plazo UE: 22 de diciembre de 2027).
La Alianza anima a todas las entidades a participar en esta consulta
La participación en la consulta pública de APRI no es una opción, sino un derecho garantizado por múltiples normas. El arte. 10 de la Directiva 2007/60/CE establece la obligación de los estados miembros de «fomentar la participación activa de todas las partes interesadas en la elaboración, revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundación». El arte. 16 del RD 903/2010 concreta este derecho estableciendo la consulta pública como fase obligatoria del procedimiento. La Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre el derecho de acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, que transpone al ordenamiento español el Convenio de Aarhus de 1998 y las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE, reconoce de planes y programas que puedan afectar al medio ambiente, sin necesidad de acreditar interés particular alguno. La Alianza por el Agua ejerce en nombre propio y de los colectivos que representa el conjunto de estos derechos.
La consulta pública de la fase 1 es la única ventana del ciclo de seis años en la que la ciudadanía, las organizaciones y los ayuntamientos pueden influir en qué zonas serán reconocidas como zonas de riesgo e incluidas en el programa de medidas del PGRI, el plan que implementa las actuaciones concretas para prevenir, proteger y preparar a la sociedad ante episodios de inundación futuro. A diferencia de otros procesos de participación, las alegaciones presentadas al APRI no son meramente orientativas: obligan a la Administración a responderlas motivada e individualmente, de acuerdo con los arts. 53 y 88 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, pudiendo ser recurridas si las respuestas no están justificadas.
Participar en la fase 1 es especialmente importante para Ibiza y Formentera porque, a diferencia de Mallorca, Sant Antoni de Portmany nunca ha tenido ningún ARPSI fluvial ni pluvial y Formentera tampoco. Una zona excluida quedará ahora sin protección legal hasta el 4º ciclo de planificación (2030 o posterior), cuando el cambio climático y la presión urbanística habrán agravado significativamente el riesgo no cubierto. La fecha límite de la consulta pública es el próximo 14 de junio. Toda la información está disponible del portal del agua del Gobierno de las Islas Baleares que se puede consultar en este este enlace.


